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Blog Jurídico Alicante Senent Blanco & Asoc.

Pensión de viudedad en las uniones de hecho

Desde el 1 de enero de 2008, puede ser beneficiario de la pensión de viudedad quien se encuentre unido al causante en el momento de su fallecimiento formando una pareja de hecho. Ahora bien, a estos efectos se considera pareja de hecho la constituida, con análoga relación de afectividad a la conyugal, por quienes, no hallándose impedidos para contraer matrimonio, no tengan vínculo matrimonial con otra persona y acrediten, mediante el correspondiente certificado de empadronamiento, una convivencia estable y notoria con carácter inmediato al fallecimiento del causante y con una duración ininterrumpida no inferior a cinco años. La existencia de...

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EL DESISTIMIENTO DE LA EXPROPIACION POR LA ADMINISTRACION EXPROPIANTE

Una vez superada la sorpresa inicial que supone el conocimiento de la expropiación de un bien o derecho propios y, encontrándose en tramitación el expediente expropiatorio, contando ya con asistencia letrada, puede aún asaltarnos un contratiempo no esperado. Y decimos bien, ya que por no esperado, no fue siquiera contemplado por la Ley de Expropiación Forzosa de 1954. Nos estamos refiriendo al desistimiento de la expropiación por parte de la Administración expropiante. Es ésta una posibilidad avalada por la Jurisprudencia del Tribunal Supremo –entre otras Sentencia de 16 de marzo de 2011, 11 de octubre de 2006, 14 de abril de...

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DERECHO DE LOS PROPIETARIOS EXPROPIADOS

DERECHO DE LOS PROPIETARIOS EXPROPIADOS AL PERCIBO DE INTERESES COMO CONSECUENCIA DE DEMORA EN LA FIJACIÓN Y PAGO DEL JUSTIPRECIO POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN

Recientemente el Despacho Senent Blanco Abogados y Asociados ha recibido notificación de la Sentencia de la Ilma. Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en cuya virtud y con íntegra estimación del Recurso Contencioso Administrativo interpuesto por este despacho profesional, se reconoce el derecho de una serie de propietarios expropiados, a percibir de la Administración la cantidad de 342.803,56 € en concepto de intereses devengados por la demora del Jurado Provincial de Expropiación de Alicante en la resolución del expediente de justiprecio.