a

Facebook

Twitter

LinkedIn

Youtube

 

(c) 2015 Abogados Senent Blanco
Todos los Derechos reservados.

9:00 - 20:00

Nuestro horario de Lun. - Vir.

965 124 054

Teléfono de consulta

Facebook

Twitter

Linkedin

Youtube

Menu

 

Blog Jurídico Alicante Senent Blanco & Asoc.

Me han despedido… ¿Y ahora qué?

Me han despedido… ¿Y ahora qué?: Consejos prácticos de cómo actuar frente a un despido laboral.

Alicante 2 de Febrero de 2016

Podemos decir que el despido supone la extinción de la relación laboral decidida unilateralmente por el empleador, debiendo justificarse esta decisión en alguna de las causas establecidas en la normativa laboral.

El empresario o empleador debe comunicar de forma fehaciente al trabajador su intención de terminar la relación laboral entregando una carta de despido en la que consten las causas, la motivación y la fecha de efectos del despido.

Guarda y Custodia

LA DESPENALIZACIÓN DE LOS INCUMPLIMIENTOS SOBRE GUARDA Y CUSTODIA TRAS LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL

En Julio del pasado año entró en vigor la LO 1/2015 de 30 de Marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal». Ley que ya ha sido objeto de una «Corrección de errores» publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 11 de junio de 2015.

Una de las novedades de la Ley Orgánica 1/2015 es la derogación de las faltas, consecuencia de lo cual ha desaparecido la falta de incumplimiento de obligaciones familiares prevista y penada en el artículo 618.2 del vigente Código Penal que establecía que: «2. El que incumpliere obligaciones familiares establecidas en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación o proceso de alimentos a favor de sus hijos, que no constituya delito, será castigado con la pena de multa de 10 días a dos meses o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a 30 días» -el día 30 de junio fue el ultimo día que estuvo en vigor esta falta-.

ACCIONES BANKIA: COMO RECUPERAR LO PERDIDO

Acciones Bankia: Como recuperar lo perdido. Alicante, 28 de enero de 2016

La Sala Civil del Tribunal Supremo confirma que hubo error en el consentimiento por parte de los compradores debido a las graves inexactitudes del folleto de la oferta pública

En el día de ayer se conocía que el Tribunal Supremo ha rechazado dos recursos de Bankia contra la anulación de la adquisición de sus acciones en su salida a Bolsa.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, constituida en Pleno, ha resuelto dos recursos de BANKIA contra la anulación de la adquisición de sus acciones con ocasión de la Oferta Pública de Suscripción de acciones de 2011.