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DERECHO DE LOS PROPIETARIOS EXPROPIADOS

DERECHO DE LOS PROPIETARIOS EXPROPIADOS

DERECHO DE LOS PROPIETARIOS EXPROPIADOS AL PERCIBO DE INTERESES COMO CONSECUENCIA DE DEMORA EN LA FIJACIÓN Y PAGO DEL JUSTIPRECIO POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN

Recientemente el Despacho Senent Blanco Abogados y Asociados ha recibido notificación de la Sentencia de la Ilma. Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en cuya virtud y con íntegra estimación del Recurso Contencioso Administrativo interpuesto por este despacho profesional, se reconoce el derecho de una serie de propietarios expropiados, a percibir de la Administración la cantidad de 342.803,56 € en concepto de intereses devengados por la demora del Jurado Provincial de Expropiación de Alicante en la resolución del expediente de justiprecio.
Parece claro que de conformidad con lo dispuesto en el Ley de Expropiación Forzosa todo propietario tiene derecho al percibo de intereses de demora como consecuencia del retraso que pueda producirse en la determinación y pago del justiprecio, tanto por parte de la entidad beneficiaria por la expropiación, como por parte del propio Jurado Provincial de Expropiación. Sin embargo, ese derecho que en principio es tan evidente y que debería ser reconocido sin más, en muchas ocasiones, como en esta, se convierte en un derecho solo reservado para valientes que deciden luchar hasta el final.
Si bien todo esfuerzo tiene su recompensa, y para estos propietarios, así como para este despacho, esta ha sido que la Audiencia Nacional declarase que en este caso se han cumplido todos los requisitos exigidos para llevar a cabo la expropiación por imperio de la Ley, y se han devengado los intereses del justiprecio fijado desde la fecha en que terminaban los seis meses de la presentación de la hoja de aprecio por los titulares expropiados a la Administración beneficiaria. Y todo ello, con expresa imposición de las costas causadas a la Administración demandada.

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