AFECCIÓN DE BIENES AL IMPUESTO DE SUCESIONES Y DONACIONES
AFECCIÓN DE BIENES AL IMPUESTO DE SUCESIONES Y DONACIONES Dispone el artículo 9 de Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que la base imponible del impuesto viene dada en las transmisiones “mortis causa” por el valor neto de la adquisición individual de cada causahabiente, entendiéndose como tal el valor real de los bienes y derechos minorado por las cargas y deudas que fueran deducibles. Debiendo además precisarse, que dispone el artículo 9.2 del Reglamento del Impuesto que los bienes y derechos transmitidos quedarán afectos a la responsabilidad del pago del Impuesto. Ahora bien, esa afección no resulta ilimitada, pues según una reciente...
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