Cuando la custodia es compartida, el uso de la vivienda familiar se atribuirá en beneficio de los menores
Cuando la custodia es compartida, el uso de la vivienda familiar se atribuirá en beneficio de los menores En una reciente sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Madrid, se ha razonado que el concepto de "domicilio familiar" debe desaparecer cuando se establece la guarda conjunta de los hijos. La resolución judicial establece que, a menos que exista un progenitor que requiera una protección especial, la vivienda queda desafectada en cuanto a su uso, ya que los menores residen alternativamente en dos domicilios. La sentencia otorga a ambos progenitores un periodo de transición de dos años para compartir el uso de la...
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