NO EXISTE RELACIÓN LABORAL ENTRE EL PASANTE O COLABORADOR Y EL DESPACHO DE ABOGADOS
NO EXISTE RELACIÓN LABORAL ENTRE EL PASANTE O COLABORADOR Y EL DESPACHO DE ABOGADOS La Sala Cuarta del Tribunal Supremo, en un auto de 13 de septiembre de 2022, ha inadmitido un recurso planteado por dos letradas tras demandar al titular de un despacho de abogados, donde ejercían sus funciones, en un primer momento, como aprendices, y posteriormente, como abogadas colaboradoras. Las juristas ejercían actividades de aprendizaje profesional entre el año 2001 y 2004. En 2005, una de ellas se colegió y comenzó a prestar sus servicios en régimen de colaboración mientras que la otra continuó ejerciendo labores de apoyo mediante la...
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