RECONOCIDO COMO ACCIDENTE LABORAL LA CAÍDA DE UN POLICÍA EN CASA DE SUS PADRES

RECONOCIDO COMO ACCIDENTE LABORAL LA CAÍDA DE UN POLICÍA EN CASA DE SUS PADRES
Un agente de la Policía Nacional tenía programado comenzar su jornada laboral a las 15:00 horas. Antes de dirigirse a su puesto de trabajo, decidió almorzar en la casa de sus padres, la cual se encuentra situada justo enfrente de su propia residencia. A las 14:30, cuando se disponía a salir hacia su lugar de trabajo, sufrió una caída al resbalarse mientras salía del portal de la casa de sus padres, resultando en una «fractura de la meseta tibial». Debido a esta lesión, tuvo que solicitar una baja médica.
El agente presentó una solicitud para que se reconociera la lesión como ocurrida en acto de servicio, solicitando que se calificara el incidente como accidente laboral. No obstante, el Director General de la Policía emitió una resolución denegando dicha solicitud.
Insatisfecho con esta decisión, el agente interpuso una demanda judicial, solicitando que se declarara el accidente como laboral bajo la figura de «accidente in itinere», es decir, ocurrido durante el trayecto al trabajo. En representación de la Dirección General de la Policía, la Abogacía del Estado se opuso, argumentando que el accidente tuvo lugar en el portal de la vivienda de los padres del agente, la cual, aunque cercana, no constituía parte del trayecto habitual hacia su lugar de trabajo. Por tanto, según la Abogacía del Estado, el agente había introducido una desviación en el recorrido, por motivos ajenos a su función laboral, lo que interrumpió el nexo causal necesario para que el accidente se considerara como laboral.
Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Asturias falló a favor del agente, reconociendo que las lesiones fueron sufridas en un accidente laboral, al considerar que el trayecto realizado desde la casa de sus padres era prácticamente idéntico al que habría realizado desde su propia residencia, dado que ambos inmuebles se encuentran ubicados frente a frente. Por lo tanto, el tribunal determinó que el accidente ocurrió «in itinere», es decir, durante el trayecto hacia el trabajo, y que el nexo causal no se había roto.
RECONOCIDO COMO ACCIDENTE LABORAL LA CAÍDA DE UN POLICÍA EN CASA DE SUS PADRES