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Nuevas condenas al Sabadell por sus seguros de vida vinculados con préstamos hipotecarios

Nuevas condenas al Sabadell por sus seguros de vida vinculados con préstamos hipotecarios

Nuevas condenas al Sabadell por sus seguros de vida vinculados con préstamos hipotecarios

Nuevas condenas al Sabadell por sus seguros de vida vinculados con préstamos hipotecarios

Dos Juzgados de Aragón han declarado la nulidad de unos seguros de vida de prima única vinculados con préstamos hipotecarios por resultar abusivos y han ordenado al Banco Sabadell a devolver a los clientes el importe de las primas, más los intereses pagados por el exceso de financiación hipotecaria.

El Juzgado de Primera Instancia n.º 18 de Zaragoza, mediante su sentencia de 29 de septiembre de 2022, ha declarado la nulidad del seguro de vida contratado por la actora con el Sabadell y ha condenado a la entidad a devolver al cliente el importe de los intereses cobrados por el exceso de financiación, esto es, 8.134,94 euros.

En estos supuestos, el Juzgado califica de “esencial” que la entidad alerte e informe al cliente que esta forma de pago del seguro aumenta el coste del préstamo. Asimismo, según el tenor literal de la sentencia, “es preciso informar del modo de desvincularse del contrato y si ello permite reducir ese capital financiado y la reconstrucción del cuadro de amortización”.

Por otro lado, el Juzgado de Zaragoza constata que, “en la medida en la que en el contrato de préstamo con prima financiada no exista alguna previsión de resolución con posibilidad de devolver el importe restante y de reconstrucción del cuadro de amortización, habrá un desequilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes”. De hecho, en el caso de autos, “no consta que se haya proporcionado esta posibilidad ni que se haya informado de ello”.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n. º 1 de Jaca, a través de su sentencia de 7 de noviembre de 2022, ha declarado la nulidad de dos contratos de seguros de vida suscritos por dos usuarios con el Sabadell y ha condenado a la entidad a devolver a los actores cerca de 5.000 euros.

“Nos encontramos ante una estipulación no negociada individualmente (…) y no consentida expresamente (…), que es contraria a la buena fe (…), que opera en perjuicio del consumidor y que genera un desequilibrio importante de las obligaciones”, de modo que no puede interpretarse que la financiera “hubiera podido presumir que, en un trato leal y equitativo con su cliente en el marco de una negociación individualizada, éste hubiera aceptado dichas condiciones en su integridad”, añade la Magistrada-Juez.

 

Nuevas condenas al Sabadell por sus seguros de vida vinculados con préstamos hipotecarios

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