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Bankinter es condenada por la usura de una “revolving”

Bankinter es condenada por la usura de una “revolving”

Bankinter es condenada por la usura de una que aplicaba el 26,82% TAE

Bankinter es condenada por la usura de una “revolving” que aplicaba el 26,82% TAE

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº1 de San Fernando (Cádiz), ha resuelto en su reciente sentencia declarar nula la cláusula del contrato de tarjeta de crédito suscrito por las partes, en lo que se refiere al interés remuneratorio y sistema de amortización revolving en la que se aplicaba un 26,82% TAE.

En el año 2018 (fecha en que se suscribió el contrato), el interés en los créditos al consumo y, concretamente a las tarjetas de crédito y tarjetas revolving era del 19,98% en base a los tipos de intereses aplicados por las IFM a residentes de la UEM. Teniendo en cuenta el 30% acordado en Pleno no Jurisdiccional de la Audiencia Provincial de Cádiz, el tipo es de 25,97%, por lo que el TAE pactado (26,82%) excede del máximo permitido.

Es por ello que el contrato se ha declarado usurario, en tanto en cuanto el demandado no ha justificado que se dieran circunstancias excepcionales que le posibilitaran excederse del TAE máximo permitido.

Finalmente, el demandante deberá devolver el dinero percibido con motivo del contrato de préstamo mercantil concertado con Bankinter sin los intereses remuneratorios devengados por el mismo; y, Bankinter reintegrará los intereses remuneratorios percibidos del demandante a causa del contrato suscrito.

 

Bankinter es condenada por la usura de una <revolving> que aplicaba el 26,82% TAE

Abogados en Alicante especialistas en reclamaciones bancarias

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