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NOVEDADES TRABAJADORES AUTÓNOMOS

NOVEDADES TRABAJADORES AUTÓNOMOS

El pasado 29 de junio la Comisión de Empleo y Seguridad Social del Congreso aprobaba el texto de la nueva normativa que regulará el trabajo autónomo, continuando a partir de ahora la citada normativa su tramitación ante el Senado. A continuación enumeramos algunas de las principales novedades introducidas:

– Se prevé que la Ley doble el periodo de vigencia de la denominada “tarifa plana” de 50 euros, ampliando el periodo para beneficiarse de la misma de 6 meses a un año y reduciéndose a más de la mitad (de 5 años a 2 años), el periodo para reemprender beneficiándose de ella. Aplicándose también a las mujeres que reemprendan tras la maternidad.

– Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces al año su base de cotización para adecuarla mejor a sus ingresos.

– Únicamente pagarán por los periodos efectivamente trabajados, permitiéndose tres altas y tres bajas al año.

– Se reduce a la mitad los recargos durante el primer mes, en caso de pago de la cuota con retraso, pasando del actual 20% al 10%.

– Se corrige la cuota de autónomos societarios, desvinculándola del Salario Mínimo Interprofesional.

– Con el fin de impulsar la conciliación de vida laboral y familiar, se establecerá una bonificación del 100%  de la cotización a la Seguridad Social durante el descanso por maternidad, paternidad, adopción, etc. Aumentándose hasta doce años la edad de menores a cargo, que da derecho al reconocimiento de la bonificación por conciliación.

– Se prevé una exención de 100% durante 12 meses de la cuota autónomos, por cuidado de menores o dependientes.

– Se permitirá compatibilizar trabajo con la percepción del 100 % de la pensión,  siempre que el autónomo tenga contratado, al menos, a un trabajador.

– Reconocimiento del accidente “in intinere” a los autónomos. Se considera “in intinere” el accidente que sufre el trabajador al ir al lugar de trabajo o al volver de este.

– Se prevé el estudio por parte de una subcomisión del acceso a la jubilación parcial de los trabajadores autónomos.

– Se establece una deducción del 20% de los gastos de agua, luz, electricidad y telefonía para los autónomos que trabajen desde casa.

 

 

 

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