CONEXIÓN DIRECTA ENTRE LA OFICINA DE RECUPERACIÓN DE ACTIVOS Y EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD

La Oficina de Recuperación y Gestión de Activos es un órgano de la Administración General del Estado y auxiliar de la Administración de Justicia, al que corresponden las competencias de localización, recuperación, conservación, administración y realización de los efectos, bienes, instrumentos y ganancias procedentes de actividades delictivas cometidas en el marco de una organización criminal y de cualesquiera otras que se le atribuyan, en los términos previstos en la legislación penal y procesal.
Hecha esta delimitación conceptual, estos días ha sido noticia el convenio de colaboración alcanzado entre la secretaria de Estado de Justicia y el decano del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles de España por el que se autoriza a la Oficina (ORGA) a acceder a la información registral de esta institución para localizar bienes susceptibles de ser decomisados procedentes de la comisión de determinados delitos por encomienda de jueces, tribunales o fiscalías en el ámbito de sus competencias.
Parece lógico pensar que esta información tendrá que obtenerse con sujeción a determinadas garantías, esto es, tal y como ha manifestado el Ministerio de Justicia, la ORGA, tendrá que acreditar siempre su petición en el marco de un procedimiento judicial penal, en desarrollo de sus funciones de localización y gestión de bienes o a instancia de la Fiscalía en diligencias de investigación, cooperación jurídica internacional, decomiso autónomo u otras actuaciones previstas en la legislación, y podrá solicitar la información por procedimientos telemáticos durante las 24 horas del día, todos los días de la semana.
La finalidad de este convenio no es otra que evitar actuaciones que finalmente resultan gravosas para las arcas públicas, pues la ORGA de este modo, podrá conocer previamente la situación registral de los bienes y así proponer al órgano judicial las medidas más adecuadas para una óptima gestión de los mismos y siempre ofreciendo las máximas garantías para los nuevos adjudicatarios.
El convenio tendrá duración de cuatro años naturales prorrogables, y lo que es importante resaltar es que no generará ningún aumento de gasto público, ya que no se girarán honorarios o aranceles por las informaciones solicitadas por la ORGA. Asimismo, se establecerá una comisión de seguimiento integrada por dos representantes de cada una de las partes que se encargará de velar por su correcto desarrollo.