Todo Sobre Las Tarjetas «Revolving». Abierta Una Tercera Vía Para Reclamar

Todo Sobre Las Tarjetas «Revolving». Abierta Una Tercera Vía Para Reclamar
Las llamadas tarjetas “revolving” son, en realidad, un préstamo personal con cláusula de intereses abusivos. Funcionan como una línea de crédito con un límite mensual (pongamos 1000€, por ejemplo), y la ventaja es que solo devolverás al banco el saldo que gastes (imaginemos que este mes gastas 600€), con las cuotas que tú elijas (200€/mes, por ejemplo) más intereses.
Pero, ¿Qué significa revolvente? Pues que este tipo de tarjetas suelen tener un PERO, y es que el tipo de interés para devolver las cuotas es, en la mayoría de los casos, de entre el 20 y el 25% (en algunos casos, llega hasta un 40%). Esos 600€, suponiendo que ya no usas más la tarjeta, los devolverás en los tres meses siguientes, aplicando un 25% a cada cuota, por lo que terminarías devolviendo 250€ cada mes, devolviendo la totalidad de 750€ por una compra de 600€. Y el problema no es este, el problema es que si usamos la tarjeta normalmente, no solo serán 600€, sino que nuestra deuda va a seguir creciendo y al final resulta prácticamente imposible hacer frente a las cuotas con intereses altísimos que se van generando.
Si los Tribunales ya venían permitiendo la reclamación de “lo pagado de más” cuando se determinaba que el tipo de interés era usurero por ser tan alto, o por la falta de información suficiente por parte del banco a quien contrataba este tipo de préstamo, ahora se abre una tercera vía que permitirá la reclamación: que este tipo de cláusulas relativas a intereses se hayan redactado de forma clara, con concreción y sencillez. Es decir, que el cliente que contrate este tipo de préstamo tenga información suficiente y clara para conocer cómo y cuándo va a devolver el dinero gastado, y a qué tipo de interés.
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