COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE MADRID OBLIGADA A PAGAR UNA INDEMNIZACIÓN DE CASI 600.000 EUROS

COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE MADRID OBLIGADA A PAGAR UNA INDEMNIZACIÓN DE CASI 600.000 EUROS
El presente caso, una empresa demandó a una comunidad de propietarios por el incumplimiento de varios contratos de obra e inspección y mantenimiento que ambos habían firmado en el año 2014. La demanda fue desestimada por el Juzgado de Primera Instancia nº 47 de Madrid, dando lugar a la reconvención presentada por la comunidad, la cual solicitaba la resolución de los contratos por el incumplimiento de la empresa y la correspondiente indemnización. El juzgado declaró nulos los contratos de ejecución de obra y de mantenimiento suscritos y condenó a la mercantil a devolver a la comunidad el importe de la factura satisfecha por ésta (297.122 euros), más el importe de la obra civil ejecutada (30.219 euros).
Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid revoca la sentencia, declarando la resolución de los contratos por incumplimiento de la comunidad y condenó a ésta a indemnizar a la empresa con 596.847 euros. Esto se decidió así porque primeramente, no hay incumplimiento de la empresa en el contrato, sino la de la comunidad; y en segundo lugar, el presidente de la comunidad no puede reconvenir ya que no tiene la legitimación para ello puesto que necesita autorización expresa de la junta de propietarios, de la que carece.
Posteriormente, La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha ratificado el fallo dictado por la Audiencia Provincial, confirmando que el presidente de la comunidad no puede reconvenir pidiendo la nulidad y la resolución de los contratos, porque la reconvención se formuló sin que la junta de propietarios lo hubiera autorizado expresamente.
Es necesario que exista un previo acuerdo de la junta de propietarios autorizando expresamente al presidente de la comunidad para ejercitar acciones judiciales en defensa de ésta, salvo en aquellos casos en los que los estatutos dispongan expresamente lo contrario o el presidente actúe en calidad de copropietario.
Por ello, el Tribunal Supremo confirmó la condena a una comunidad de propietarios de Madrid, obligándola a indemnizar a la empresa con 596.847 euros a una empresa por incumplir los contratos de obra y mantenimiento que habían suscrito.
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE MADRID OBLIGADA A PAGAR UNA INDEMNIZACIÓN DE CASI 600.000 EUROS