CAMBIO EN LA CUSTODIA DE UN MENOR

CAMBIO EN LA CUSTODIA DE UN MENOR POR FACTORES CONVIVENCIALES NEGATIVOS
Recientemente el Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia dictada por una Audiencia Provincial en la que se modificaba la custodia de una menor que en principio, estaba otorgada a la madre, en favor del padre, siguiendo la patria potestad compartida por ambos progenitores y manteniéndose las medidas relativas al régimen de visitas, pensión alimenticia y gastos extraordinarios, como se dictó en la sentencia inicial.
La modificación en cuanto la custodia de la menor, desde la madre que la ostentaba, en favor del padre, que dictó una Audiencia Provincial y ha confirmado la reciente sentencia de 11.04.18 del Tribunal Supremo, se basa en el informe del Equipo Técnico presentado, en el que se pone de relieve, la gran influencia que en este caso la progenitora estaba ejerciendo sobre la menor, en el sentido de criticar y poner en tela de juicio de forma absoluta, la figura paterna, con la consiguiente influencia en la menor, en cuanto a su desarrollo psico-evolutivo, y con posibles secuelas en su vida posterior.
El interés superior de la menor, es lo que ha primado fundamentalmente en la decisión de transferir la guarda y custodia de la madre al progenitor, con el claro objetivo de evitar perjuicios que podrían llegar a ser irreparables, dada, según el Informe Técnico, la mala influencia que sobre la menor ejercía la progenitora, la cual , según la resolución, puede evitarse estando al cuidado del padre, ya que el tiempo de custodia transcurrido con la madre, reveló siempre según la sentencia, la aparición de factores convivenciales negativos, para la integra formación afectiva y psicológica de la menor.
Senent Blanco Abogados en Alicante