NUEVO PLAZO DE ALEGACIONES AL PATIVEL

En artículos anteriores hicimos referencia al PATIVEL (Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde de la Comunidad Valenciana) dada la gran cantidad de noticias que aparecían en los medios de comunicación.
Nuevamente el PATIVEL es objeto de noticia y ello porque el pasado 19 de Mayo de 2017 aparecía publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana la Resolución de 8 de mayo de 2017 de la Consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio por la que se somete nuevamente a consultas y participación e información pública la Propuesta de plan de acción territorial de la infraestructura verde del litoral de la Comunidad Valenciana, por lo que hasta el próximo 16 de Junio de 2017 es posible efectuar alegaciones a dicho Plan.
Conviene hacer referencia a dos de las CATEGORIAS DE PROTECCIÓN del suelo en situación de básica de suelo rural sin programa de actuación aprobado, o aprobado pero que han transcurrido los plazos para su ejecución por causas no imputables a la Administración, que establece el Pativel y sus restricciones urbanísticas:
1º Suelos no urbanizables de protección del litoral: Se sitúan en los primeros 500 m desde la ribera del mar, y en ellos se prohíbe los movimientos de tierra que alteren el perfil de los terrenos salvo los necesarios para la actividad agrícola, la mejora ambiental o la funcionalidad de las infraestructura y no se permiten nuevas edificaciones salvo las necesarias para implantar los siguientes usos:
- Los destinados a la conservación y mantenimiento de los valores que justifican su conservación activa
- Actividades recreativas, culturales, educativas o deportivas, cuando su funcionalidad requiera necesariamente su implantación en la franja costera
- Las dotaciones públicas que tengan que situarse necesariamente en este espacio, así como zonas de acampada pública ubicadas fuera de los 200m y sus servicios se ubicarán sobre edificaciones preexistentes y si no existen la nueva edificación no podrá superar los 200m2 de superficie en una sola planta
- Instalaciones estacionales de cultivo bajo plástico no superiores a 1m altura y los invernaderos en parcelas con superficie mínima de 2.000m2 y una ocupación máxima 40% de la parcela
- Usos agrarios y casas de aperos de menos de 25m2 vinculadas a la explotación agraria, con una superficie mínima de 25.000 m2, pudiendo estar formada por diferentes parcelas catastrales o registrales discontinuas haciendo constar la vinculación en el RP.
2ª Suelos no urbanizables de refuerzo del litoral: Se sitúan entre los 500 y 1.000 m desde la ribera del mar y en ellos solo se permiten los usos establecidos en la categoría anterior y campamentos de turismo, usos deportivos abiertos que no conlleven construcción de viviendas, estaciones de suministro de carburantes vinculadas a vías de comunicación y establecimientos hoteleros con baja ocupación de parcela y ambiente rural. Se pueden autorizar:
- Dotaciones públicas y uros deportivos y recreativos al aire libre incluyendo campos de golf no vinculados a vivienda
- Usos hoteleros edificación no supere 10% parcela, altura máx 2 plantas, pudiendo ocupar hasta un 25% parcela con usos complementarios a la actividad que no conlleve obras sobre rasante. El resto parcela deberá mantenerse características naturales propias o en cultivo.
- Campamentos de turismo o asimilados
- Estaciones de suministro de carburantes vinculadas a las vías de comunicación
- Usos agrarios conforme legislación urbanística
Es importante ubicar nuestros terrenos dentro del ámbito de aplicación del PATIVEL y ver cuáles son las restricciones urbanísticas que este plan estableced y plantearnos la posibilidad de efectuar alegaciones al plan antes de que transcurran los plazos.
Estudio Jurídico en Alicante
Maria Bustillos
28 marzo, 2020 at 9:39 pmHoy es 28 de marzo y se habla de ALCOY MOROS Y CRISTIANOS coronavirus maxiwatt respirador alicante benidorm industria textil conselleria de econom a MASCARILLAS Como algunos saben, durante estos meses estamos inmersos en el proceso de participacion publica y alegaciones del denominado PATIVEL, que es el acronimo con el que se conoce el Plan de Accion Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral, promovido por la Generalitat Valenciana a traves de la Conselleria de Vivienda, Obras Publicas y Vertebracion del Territorio. Este plan tiene como ambito toda la franja litoral de la Comunitat Valenciana, desde Vinaros hasta Pilar de la Horadada, siendo su objetivo, al menos idealmente, la adopcion de medidas y mecanismos para proteger este espacio de nuestro territorio, adoptando como premisa la necesidad de reducir drasticamente, y si no condicionar, los procesos urbanisticos e inmobiliarios que en su opinion han maltratado y malherido la costa valenciana.