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Nuevas Ayudas Directas Para Atónomos y Pymes Afectados por la Pandemia

Nuevas Ayudas Directas Para Atónomos y Pymes Afectados por la Pandemia

Nuevas Ayudas Directas Para Atónomos y Pymes Afectados por la Pandemia

Nuevas Ayudas Directas Para Atónomos y Pymes Afectados por la Pandemia

         El pasado día 13 de marzo de 2021 fue publicado en el BOE el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, por medio del cual se abre una línea de ayudas directas a los autónomos y pymes más afectados, mediante subvenciones, reducciones de costes y refuerzo de capital que abarca un total de 11.000 millones de euros, con el fin de evitar el deterioro patrimonial que asumen miles de empresas a consecuencia de la larga crisis sanitaria que azota a todo el país.

           

   1. LÍNEA DE AYUDAS DIRECTAS A AUTÓNOMOS Y PYMES.

            Esta primera línea cuenta con una dotación total de 7.000 millones de euros para ayudar directamente a autónomos y empresas en la reducción de su endeudamiento entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021.

Beneficiarios:

·         Autónomos y empresas con sede social y domicilio fiscal en España.

·         Volumen de actividad con pérdidas en 2020 de al menos un 30%.

·         Actividad incluida en alguno de los códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas CNAE 09 (Anexo I del citado RD, al cual puede acceder a través del siguiente enlace: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-3946).

·         Hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

·         No encontrarse en situación de concurso.

            Limitaciones:

·         Mantener la vigencia de la actividad hasta el 30 de junio de 2022.

·         No repartir dividendos durante 2021 y 2022.

·         No aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección durante un periodo de dos años desde la aplicación de alguna de las medidas.

            Destino de los fondos:

            Abono de gastos fijos (arrendamientos, suministros, salarios, etc.) y reducción de deudas con proveedores, siempre y cuando se trate de obligaciones que:

·         Se hayan generado entre el 1/03/2020 y el 31/05/2021.

·         Se trate de contratos anteriores al 1/03/2020.

            Cuantía:  

·        Empresarios o profesionales sujetos al régimen de estimación objetiva (módulos): 3.000€.

·        Resto de empresarios o profesionales: entre 4.000 y 200.000€.

 – 40% de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del 2019 que supere dicho 30% (entidades de menos de 10 empleados).

– 20% de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del 2019 que supere dicho 30% (entidades de más de 10 empleados).

           

  1. REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA FINANCIERA.

            Esta segunda línea contará con una dotación de 3.000 millones de euros para la reestructuración de deuda financiera COVID, convirtiendo parte del aval público en transferencias a las empresas y autónomos más afectados por esta crisis.

  • Extender por un periodo adicional el plazo de vencimiento de los préstamos con aval público.
  • Convertir los préstamos con aval público en préstamos participativos.
  • Conceder ayudas directas para reducir la financiación con aval público solicitada durante la pandemia.
  • Suscripción al Código de Buenas Prácticas por las entidades financieras.

           

  1. MORATORIAS EN PROCESOS CONCURSALES.

            Se ha aprobado también una nueva prórroga de la moratoria concursal vigente desde marzo de 2020 hasta finales de 2021. Entre otras:

  • Se amplía hasta 31.12.2021 la exención del deber del deudor en estado de insolvencia de solicitar la declaración de concurso.
  • El plazo de dos meses para solicitar la declaración de concurso voluntario se computa a partir de la fecha de finalización del período de suspensión del deber.
  • Medidas tendentes a facilitar y fomentar que las empresas y autónomos que se encuentren en dificultades para cumplir con un convenio, un acuerdo extrajudicial de pagos o un acuerdo de refinanciación homologado, presenten una modificación del mismo.
  • Se aplaza el deber de solicitar la apertura de la fase de liquidación siempre que se presente una propuesta de modificación del convenio y ésta se admita a trámite en plazo.
  • Se facilita la modificación del convenio, del acuerdo extrajudicial de pagos o del acuerdo de refinanciación homologado.
  • Posibilidad de renegociar los acuerdos de refinanciación sin necesidad de que haya transcurrido un año desde su homologación.
  • Normas de agilización del proceso concursal.
  • Se flexibilizan los incidentes de reintegración de la masa activa para facilitar el cierre de la fase común y se modifica el modo de enajenación de la masa activa en fase de liquidación.

           

  1. APLAZAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS.

            Se amplía a cuatro meses el aplazamiento de deudas tributarias sin intereses y se amplían a seis meses el plazo para la devolución de los créditos públicos gestionados por la Secretaría General de Industria y de la PYME.

            Será requisito necesario para la concesión del aplazamiento que el deudor sea persona o entidad con volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04€ en 2020.

           

  1. JUNTAS TELEMÁTICAS.

            Todas las sociedades de capital y personas jurídicas de Derecho privado que no hayan podido modificar sus estatutos sociales para la celebración de la junta general por medios telemáticos, podrán utilizar estos medios durante el ejercicio 2021, garantizándose los derechos de los asociados o socios que no puedan desplazarse físicamente hasta el lugar de celebración de la junta.

           

  1. CONTROL PUBLICITARIO DE CRIPTOACTIVOS.

            Con el objetivo de reforzar la protección del inversor se otorga a la CNMV competencias para sujetar a control administrativo la publicidad de criptoactivos y otros activos e instrumentos no regulados en la Ley del Mercado de Valores. También se habilita a éstas para desarrollar el ámbito objetivo y subjetivo, así como los mecanismos y procedimientos de control que se aplicarán.

 

Nuevas Ayudas Directas Para Atónomos y Pymes Afectados por la Pandemia

Senent Blanco y Asociados Abogados especialistas en Derecho Mercantil Asesoria de Empresas en Alicante

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