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La Derogación del Despido Objetivo por Faltas de Asistencia al Trabajo

La Derogación del Despido Objetivo por Faltas de Asistencia al Trabajo

La Derogación del Despido Objetivo por Faltas de Asistencia al Trabajo

La Derogación del Despido Objetivo por Faltas de Asistencia al Trabajo

El artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores permitía el despido del trabajador por faltas de asistencia al trabajo tanto justificadas como injustificadas que superen determinados porcentajes y siempre que no se trataran de inasistencias que no admitían contabilización como podían ser los casos de riego por embarazo, lactancia, violencia de género etc…

Pues bien, mediante el Real Decreto Ley 4/2020 de 18 de febrero de 2020, vigente desde el 20.02.2020, se procedía a derogar el despido objetivo por faltas de asistencias al trabajo establecido en el artículo 52.d) del texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre.

En consonancia con lo anterior el pasado 16.07.2020 se publicaba en el BOE la Ley 1/2020 de 15 de julio, por la que se deroga el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo establecido en el artículo 52.d) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre.

La medida de supresión de esta modalidad de despido se justificaba en ambos cuerpos normativos, en la necesidad de garantizar los derechos fundamentales de los trabajadores y especialmente de los que padecen alguna discapacidad, enfermedades de larga duración o incluso las encargadas del cuidado de personas dependientes e hijos.

No obstante lo anterior, estos supuestos de faltas de asistencia al trabajo deberán ahora reconducirse bajo la modalidad del despido disciplinario, en el caso de que estas faltas de asistencia sean repetidas e injustificadas.

La Derogación del Despido Objetivo por Faltas de Asistencia al Trabajo

Abogados Laboralistas Alicante, Inspecciones de trabajo, Estatuto de los Trabajadores

Derecho Mercantil Asesoría de Empresas en Despacho de Abogados Mercantil Senent Blanco & Asociados

 

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